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Préstamo de instrumentos

Extracto del Reglamento de Régimen Interior (modificado el 4 de mayo de 2021)

Artículo 80. De los instrumentos del centro

     El conservatorio tiene instrumentos de profesor e instrumentos de préstamo para alumnos.

            Los instrumentos para profesor serán para uso de las clases o conciertos dentro del centro. Los instrumentos no podrán sacarse de las instalaciones del centro, sólo se podrá hacer uso fuera del centro para actuaciones puntuales, con autorización de la dirección del centro, previa solicitud por escrito. Los profesores serán responsables del mantenimiento y buen uso de los mismos, comunicando cualquier desperfecto a la secretaría, haciéndose cargo el profesor  de su reparación en caso necesario.

.- Los instrumentos destinados a los alumnos serán cedidos mediante el sistema de préstamo de instrumento vigente en el curso escolar.

Artículo 81. Préstamo de instrumentos

           

El centro podrá prestar instrumentos a los alumnos para estudio según su disponibilidad y atendiendo a los criterios que determine el Equipo Directivo. Los alumnos que deseen solicitar el préstamo de un instrumento rellenarán la solicitud correspondiente y la entregarán en el plazo que oportunamente se anunciará. La lista de alumnos a los que se les concede el préstamo de instrumento se hará pública de acuerdo a los criterios establecidos en el presente Reglamento.


Es intención del centro fomentar la adquisición de instrumentos propios por parte de los alumnos con el fin de que dispongan del material mínimo imprescindible para la práctica instrumental. Por ello el préstamo se restringirá a los alumnos de enseñanzas Elementales.


Se podrá conceder el préstamo a alumnos de Enseñanzas Profesionales cuando el instrumento solicitado se requiera para las asignaturas de Orquesta, Banda o Música de Cámara y sea diferente al que el alumno utiliza en su especialidad.


El orden de prioridad para la adjudicación de instrumentos de préstamo será por curso, de menor a mayor.
Una vez obtenido el préstamo, el alumno se comprometerá a cuidar, mantener y devolver el instrumento en el plazo correspondiente, corriendo por su cuenta los gastos que se deriven de su uso, adquisición de pequeño material como cuerdas, cañas, boquillas… y repararlo en caso de accidente o pagar su importe íntegro en caso de pérdida o deterioro irreversible.


Los instrumentos de cuerda se prestarán sin arco y los de viento sin boquilla.


En el momento de recibir el instrumento, se deberá abonar la cantidad de 50€ en concepto de gastos de revisión, mantenimiento o ajuste del instrumento.
El instrumento prestado le será retirado al alumno en los siguientes casos:

 

           .- Faltas de asistencia a clase injustificadas

           .- Uso indebido del mismo

           .- Deterioro manifiesto

           

Los instrumentos se prestarán desde comienzo del curso hasta el día 1 de septiembre y serán devueltos en la Secretaría del conservatorio en horario de 9.00h a 14.00h durante los tres primeros días de dicho mes.


Ocasionalmente, se podrán prestar instrumentos a instituciones externas previa solicitud al Director del centro. Será obligatoria la contratación de un seguro específico para el/los instrumentos prestados y se velará para que su transporte sea hecho en las mejores condiciones posibles.

 


            Modelo de solicitud


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